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La Justicia ordenó aplicar la Ley de Financiamiento Universitario y declaró inconstitucional el decreto que la frenaba

🔴El juez federal Martín Cormick hizo lugar a los amparos del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA) y ordenó al Gobierno poner en marcha de inmediato la Ley 27.795. Consideró que el Ejecutivo había utilizado el Decreto 759/2025 para suspender una norma que el Congreso había ratificado con los dos tercios de ambas cámaras.🔵

La Justicia federal le dio un nuevo revés al Gobierno en la disputa por el financiamiento de las universidades públicas. El juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, declaró inconstitucional la cláusula del Decreto 759/2025 que había condicionado la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Poder Ejecutivo cumplirla de manera inmediata.

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La resolución surgió a partir de los amparos presentados por el CIN, universidades y docentes, y por la UBA. Ambos expedientes fueron acumulados y terminaron en una sentencia que apunta directamente al mecanismo utilizado por el Gobierno para evitar la ejecución efectiva de la Ley 27.795.

Fuente: redes CIN

El conflicto se inició en 2025, cuando el Congreso sancionó la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente. El presidente Javier Milei la vetó mediante el Decreto 647/2025, pero Diputados y el Senado rechazaron el veto y ratificaron la ley con las mayorías agravadas de dos tercios que establece la Constitución.

Ante esa insistencia parlamentaria, el Ejecutivo promulgó la norma mediante el Decreto 759/2025, pero incorporó una condición que terminó siendo el centro de la disputa judicial: la ley quedaba formalmente promulgada, aunque su ejecución se suspendía hasta determinar las fuentes de financiamiento y las partidas presupuestarias correspondientes.

Para las universidades, esa maniobra implicaba en los hechos volver a frenar una ley que el Congreso ya había ratificado. La Justicia terminó compartiendo ese planteo.

Durante el proceso, el Estado defendió la validez del decreto y sostuvo que la aplicación de la ley requería contar previamente con los recursos presupuestarios necesarios. También planteó que su implementación supondría un costo superior al billón de pesos y tendría un fuerte impacto sobre las cuentas públicas.

Cormick rechazó ese argumento. Uno de los puntos centrales de su sentencia fue que la propia Ley 27.795 establece mecanismos para afrontar su financiamiento. En particular, el artículo 9° habilita la reasignación de partidas presupuestarias y contempla la utilización de recursos provenientes de una recaudación corriente superior a la estimada.

El magistrado sostuvo que, después de que el Congreso rechazara el veto con los dos tercios requeridos, el Ejecutivo no podía volver a condicionar la aplicación de la norma mediante el decreto de promulgación.

En ese sentido, consideró que el Decreto 759/2025 funcionó como un “mecanismo extraconstitucional” y, en sus efectos concretos, como una instancia de veto que no está contemplada por la Constitución.

La resolución judicial ordena al Poder Ejecutivo avanzar con todas las medidas reglamentarias y administrativas necesarias para ejecutar la ley. Esto alcanza las disposiciones vinculadas con salarios docentes y no docentes, becas, investigación y financiamiento de las universidades nacionales.

El fallo también tomó en cuenta la situación presupuestaria denunciada por las universidades. La UBA había planteado que la falta de actualización de los presupuestos durante 2024 y 2025 había generado un deterioro significativo de sus recursos y afectado tanto los salarios como el funcionamiento de sus facultades, colegios y hospitales universitarios.

Además, la sentencia incorporó los acuerdos alcanzados el 10 de junio de 2026 entre la Subsecretaría de Políticas Universitarias, el CIN y los gremios docentes y no docentes. Allí se había establecido una actualización salarial del 24,33% en dos tramos, una recomposición del 20% para los gastos de funcionamiento, una partida extraordinaria de $50.000 millones para hospitales universitarios y un incremento del 50% en las Becas Manuel Belgrano.

Con el fallo, Cormick dejó sin efecto la cláusula del Decreto 759/2025 que condicionaba la ejecución de la Ley 27.795 y ordenó al Gobierno cumplirla de inmediato.

Se trata de una sentencia de primera instancia, por lo que el Estado todavía puede apelar ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

De todos modos, la decisión vuelve a colocar al Ejecutivo frente a la obligación judicial de poner en marcha una ley que había sido aprobada por el Congreso y que, hasta ahora, permanecía condicionada por el decreto presidencial.

El eje del fallo es claro: para el juez, una vez que el Congreso insistió con la ley después del veto presidencial, el Poder Ejecutivo debía promulgarla y ejecutarla sin agregar una nueva condición que terminara suspendiendo su aplicación.

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