🔵La Justicia falló en favor del gremio de Carga y Descarga por la representación de los trabajadores de Almacenamiento en Mercado Libre🔴
En un fallo emitido por el Juzgado Nacional de 1ª Instancia del Trabajo 63, la Justicia ratificó la validez del convenio colectivo firmado entre la Unión de Trabajadores de Carga y Descarga, que lidera Daniel Vila y Mercado Libre, en un fallo que sienta precedente en lo que refiere a las tradicionales disputas sindicales. El convenio firmado por Vila regula las condiciones laborales de los empleados que trabajan en el centro de almacenamiento de la empresa, ubicado en el Mercado Central de Buenos Aires.

El conflicto judicial surgió cuando Camioneros consideró la existencia de un gris laboral en el marco del CCT de los trabajadores de Almacenamiento, y presentó una denuncia argumentando que Carga y Descarga no tenía la representatividad adecuada para negociar en nombre de los empleados de MELI LOG SRL.
Aquí fue cuando el tribunal consideró que UTCYDRA cuenta con la legitimidad necesaria, destacando que la actividad desarrollada por los trabajadores de MELI LOG SRL, vinculada a la manipulación y logística de cargas, se encuentra dentro del ámbito de representación del sindicato que conduce Vila.
El expediente N° 12568/2020, caratulado como “Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, Logística y Servicios y otro c/ Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y otro”, fue objeto de debate en el Juzgado Nacional de 1ª Instancia del Trabajo N° 63. La sentencia detalla que Camioneros solicitaba la nulidad del convenio colectivo 1591/2019 “E”, homologado en diciembre de 2018, por entender que la representación sindical debía recaer en su gremio, dada la naturaleza logística de las tareas desempeñadas en el centro de almacenamiento de MELI LOG SRL. Sin embargo, la Justicia concluyó que las actividades de manipulación y preparación de envíos no corresponden al convenio de transporte de cargas (CCT 40/89), sino al de Carga y Descarga.

Durante el proceso judicial, UTCYDRA defendió su ámbito de representación, argumentando que los empleados de MELI LOG SRL desarrollan tareas que se ajustan plenamente a las actividades contempladas en el convenio colectivo del gremio de Carga y Descarga, como la manipulación, estiba y logística de mercaderías. Además, la Justicia reconoció que lagran mayoría de los trabajadoresde MELI LOG SRL están afiliados aUTCYDRA, lo que refuerza su legitimidad como sindicato negociador en este caso.
La sentencia enfatiza la legalidad del proceso de negociación y homologación del convenio colectivo, desestimando cualquier acusación de fraude o irregularidad en las acciones del Ministerio de Trabajo.
