🔵Por decreto, el Ejecutivo modificó la Ley de Asociaciones Sindicales para restringir su rol en acefalías y establecer nuevos plazos para elecciones gremiales🔴
El Gobierno nacional oficializó este miércoles el Decreto 342/2025, a través del cual modificó la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales y su reglamentación, con el objetivo de acotar la intervención estatal en casos de acefalía gremial y establecer un nuevo régimen electoral sindical con plazos estrictos y procedimientos detallados, entre otras cuestiones. La norma se fundamenta en la necesidad de garantizar la autonomía de las organizaciones sindicales, en línea con el Convenio 87 de la OIT y los tratados internacionales con jerarquía constitucional, aunque existen ciertas dudas sobre esto.

En primer lugar, el decreto limita la posibilidad de intervención del Ministerio de Trabajo solo a situaciones de acefalía sin mecanismos de regularización previstos en los estatutos del gremio o su federación. En esos casos, la autoridad de aplicación podrá designar un funcionario con carácter excepcional para convocar elecciones en un plazo máximo de 120 días hábiles, prorrogables por igual término en caso justificado. La normativa también actualiza el procedimiento electoral con reglas claras para la convocatoria, los padrones, la oficialización de listas y la fiscalización del proceso.

Pese al discurso de respeto por la libertad sindical, el decreto implica una intromisión directa del Poder Ejecutivo en la vida interna de los gremios, incluso modificando una ley que expresamente prohíbe la injerencia estatal en la organización de los trabajadores. La Ley 23.551 reconoce a los sindicatos como entidades autónomas, y cualquier facultad extraordinaria que el Estado se arrogue sobre sus procesos internos puede ser interpretada como una violación al principio de libertad sindical garantizado por el propio texto legal y los tratados internacionales ratificados por la Argentina.
