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Un nuevo golpe al Gobierno en favor del derecho a huelga: Casación cerró la causa contra empleados del Garrahan y ratificó que la protesta no es un delito

🔵La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso presentado por las autoridades del hospital y confirmó el archivo de la denuncia contra trabajadores, delegados de ATE y de la Asociación de Profesionales y Técnicos. El fallo constituye un fuerte respaldo al derecho a la protesta sindical, aunque uno de los jueces votó en disidencia y sostuvo que la investigación debía continuar🔴

La lucha de las y los trabajadores del Hospital Garrahan sumó un nuevo respaldo judicial. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el archivo de la causa iniciada contra delegados y trabajadores que participaron de las protestas durante el conflicto salarial de octubre de 2025, al considerar que los hechos denunciados no configuraron delito y que se desarrollaron en el marco del ejercicio de derechos constitucionales vinculados a la protesta, la libertad de expresión y la actividad sindical.

Con los votos de los jueces Gustavo Hornos y Javier Carbajo, el máximo tribunal penal del país rechazó el recurso impulsado por la querella del propio Hospital Garrahan, que pretendía reabrir la investigación luego de que tanto el juez de primera instancia como la Cámara Federal ya hubieran descartado la existencia de ilícitos penales.

El conflicto tuvo lugar cuando un grupo de trabajadores, acompañado por delegados de ATE y de la Asociación de Profesionales y Técnicos (APyT), ingresó al área administrativa del hospital para reclamar la devolución de descuentos salariales aplicados durante medidas de fuerza.

La conducción del hospital denunció que los manifestantes habían irrumpido por la fuerza, intimidado a directivos y alterado el funcionamiento institucional. Sin embargo, la Justicia entendió que esos hechos, analizados en su contexto, no alcanzaban la entidad suficiente para justificar la intervención del derecho penal.

En uno de los pasajes centrales del fallo, la mayoría sostuvo que «las circunstancias descriptas en la denuncia no permiten advertir, siquiera con el grado de provisionalidad propio de esta etapa, la configuración de actos de violencia, intimidación o coerción típicamente relevantes».

Además, los jueces remarcaron que tampoco se verificó una interrupción de las prestaciones médicas ni una afectación concreta al servicio sanitario brindado por el Garrahan, aspecto que había sido uno de los ejes de la denuncia presentada por las autoridades.

La sentencia también incorpora una definición de fuerte contenido institucional al recordar que el derecho de reunión, de expresión y de protesta posee protección constitucional y convencional, y que su análisis no puede hacerse en abstracto sino ponderando las circunstancias concretas de cada caso. Al mismo tiempo, aclaró que ello no implica inmunidad absoluta para cualquier manifestación, ya que conductas con violencia, amenazas, daños o afectaciones concretas a bienes jurídicos sí podrían dar lugar a responsabilidades penales. En este expediente, concluyó la mayoría, esos extremos no fueron acreditados.

Desde la Asociación de Profesionales y Técnicos del Hospital Garrahan celebraron la resolución y destacaron que se trata del tercer fallo consecutivo que rechaza la pretensión de criminalizar las medidas gremiales impulsadas por el equipo de salud. El gremio remarcó que primero fue el juzgado de instrucción, luego la Cámara Federal de Apelaciones y ahora la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal las instancias que descartaron la existencia de delitos en las protestas realizadas durante 2025, consolidando un criterio judicial favorable al ejercicio de los derechos sindicales.

La secretaria general de la APyT, Norma Lezana, afirmó que la decisión judicial representa un nuevo respaldo a la posición sostenida por los trabajadores. «Nos alegra mucho saber que sucesivos fallos judiciales nos fueron dando la razón: cautelares a favor, en el caso del juez Mendel; esta resolución de la Cámara Federal de Casación Penal e incluso nos da confianza que la Dra. Servini haya tomado intervención en el proceso sumarial insólito que nos hicieron a 40 trabajadores por protestar en defensa de este hospital y nos está convocando a prestar testimonio para conocer de primera mano lo que ocurrió», expresó. Además, cargó contra la intervención del hospital encabezada por Mariano Pirozzo, a quien acusó de impulsar una política de hostigamiento contra los trabajadores y de avanzar con nuevos sumarios vinculados a la actividad gremial.

Un fallo que excede al expediente

La resolución adquiere una dimensión política y sindical que trasciende el caso puntual. El Hospital Garrahan es el principal centro pediátrico de alta complejidad de la Argentina y uno de los más importantes de América Latina. En los últimos años, sus trabajadores protagonizaron numerosos conflictos en defensa del salario, las condiciones laborales y, especialmente, del financiamiento de una institución considerada estratégica para el sistema público de salud.

Las movilizaciones, paros y acciones gremiales buscaron advertir sobre el deterioro presupuestario del hospital y reclamar recursos suficientes para sostener la atención de miles de niños y niñas provenientes de todo el país. En ese contexto, el intento de judicializar una de esas protestas había sido interpretado por los gremios como un antecedente preocupante para el ejercicio de la actividad sindical.

La decisión de Casación, al confirmar que no existió delito, representa un revés para esa estrategia y consolida la postura de que los conflictos laborales deben resolverse por otras vías cuando no se verifican conductas penalmente relevantes.

La mirada distinta de Borinsky

El único voto en disidencia fue el del juez Mariano Borinsky, quien coincidió en reconocer la protección constitucional del derecho a la protesta, pero consideró prematuro el cierre de la investigación.

A su criterio, las instancias anteriores descartaron demasiado rápido la posible relevancia penal de los hechos sin producir medidas básicas de prueba, como la toma de testimonios y el análisis integral de los registros audiovisuales aportados por la querella.

Borinsky sostuvo que el carácter sindical de la protesta «no constituye un argumento suficiente para descartar de manera automática la posible relevancia penal de las conductas denunciadas» y recordó que el derecho a la protesta no excluye la posibilidad de investigar cuando podrían haberse afectado derechos de terceros o el funcionamiento de una institución sanitaria.

Por esa razón propuso anular las decisiones anteriores y devolver el expediente para que continuara la investigación, aunque su postura quedó en minoría.

Con el rechazo del recurso por parte de la mayoría de la Sala IV, la causa quedó definitivamente archivada y los trabajadores del Garrahan obtuvieron una victoria judicial que, además de cerrar un frente penal abierto durante el conflicto salarial, fortalece el alcance del derecho a la protesta sindical en uno de los hospitales públicos más emblemáticos del país.

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