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Comercio en Estado de Alerta. Carrefour despide a una congresal de la FAECYS con persecución sindical

🔴La empresa rompe una decena de leyes y atenta contra el sistema sindical argentino en una clara maniobra contra la Secretaria de la Mujer y Protección de la Niñez🔵

El sindicato de Sindicato Empleados de Comercio de Capital Federal se pinta la cara y prepara la tropa para defender los derechos de Sabrina Paredes, una de las referentes del gremio de Capital como así también nacional.

En las últimas horas se hizo de público conocimiento el despido “arbitrario, antisindical, discriminatorio y violento por parte de la multinacional Carrefour (INC S.A)” sobre Sabrina Paredes, miembro de la organización sindical, y que ocupa el cargo de Secretaria de la Mujer y Protección de la Niñez, delegada gremial con mandato vigente, Congresal titular de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) e integrante de la mesa de salud laboral de la Confederación General del Trabajo de la República Argentina (CGT).  

La empresa mercantil, incumpliendo decenas convenios, normas, acuerdos y protocolos internacionales enmarcados dentro de la OIT, Constitución Nacional (Art. 14 bis, 16 y concordantes), entre otros, tomó la caprichosa decisión de despedir a la trabajadora en una maniobra que, por lo menos, abre la sospecha de una persecución sindical.

Cabe recordar, que Paredes es una reconocida defensora de los derechos de los trabajadores y que viene realizando un incontable número de denuncias sobre irregularidades laborales de la empresa, que atentan contra el Convenio 190 de la OIT, a lo que se suma su defensa constante de los derechos de sus compañeros y de todos los trabajadores del país.

“Denunciamos este grave accionar persecutorio que muestra a las claras la violencia y discriminación a la que fue sometida sistemáticamente por defender los derechos de las y los trabajadores, reclamar mejoras en su lugar de trabajo; y denunciar situaciones de abuso y acoso a las que fueron y son sometidas las trabajadoras de dicha institución”, esgrime el comunicado de Comercio Capital que además expresar el “más enérgico repudio al despido de nuestra compañera”.

En este contexto, el Sindicato Empleados de Comercio de Capital Federal comenzó el reclamo legal correspondiente ante de Subsecretaria de Trabajo, Industria y Comercio del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”.

 “Exigimos a la empresa INC SA, el respeto de la tutela sindical y el cargo directivo, el cese de la persecución sindical y discriminación por razones de género; y la inmediata reincorporación de nuestra compañera”, instaron desde la organización gremial y advirtieron con tomar medidas gremiales y movilizaciones en caso de no tener respuesta inmediata a las demandas.

📑 👇 Todos los convenios, normas, acuerdos y protocolos que está infringiendo Carrefour

Señalamos que esta acción, Carrefour atenta contra todos los convenios, normas, acuerdos y protocolos internacionales enmarcados dentro de la OIT, los cuales detallamos a continuación: Constitución Nacional (Art. 14 bis, 16 y concordantes) tratados Internacionales de Derechos Humanos incorporados a la Constitución a través del art.75 inc.22 Ley de contrato de Trabajo, Ley de Asociaciones Sindicales, Ley 23.592 ley antidiscriminación, Convenio 190 de OIT y recomendación 206, C087 – Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), C135 – Convenio sobre los representantes de los trabajadores, 1971 (núm. 135), C154 – Convenio sobre la negociación colectiva, 1981 (núm. 154), C156 – Convenio sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, 1981 (núm. 156), C111 – Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW); Convención Interamericana para Prevenir, Erradicar y Sancionar la Violencia contra la Mujer; La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Ley Nacional Nª 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos que desarrollen sus relaciones interpersonales y su Decreto Reglamentario 1011/1, Ley Nº 5.261/15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Contra la Discriminación; Ley Nº 6.083/18 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Prevención, Abordaje y erradicación de la Violencia de Género en el Ámbito Laboral; Convenio Colectivo de Trabajo de los Empleados de Comercio Nº 130/75, Ley 23.551( art. 50,51,52 y ccdtes).

Comunicado Oficial

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