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La UEJN presentó un proyecto por jubilaciones ya que el oficial es “elitista, regresivo y carente de perspectiva de género”

Desde la Cámara Baja se presentó un proyecto de la UEJN que intenta modificar el del Gobierno. Lo tilda de “elitista, regresivo y carente de perspectiva de género”.

Julio Piumato emitió un duro comunicado de prensa en el que se refiere a la jubilación de privilegio en el Poder Judicial y la intención del Gobierno Nacional de limitarla y en el mismo, hace alusión al reciente proyecto de la UEJN, presentado en la Cámara de Diputados por intermedio del legislador mendocino José Luis Ramón. Dice que el proyecto oficial es “elitista, regresivo y carente de perspectiva de género”.

El mismo intenta recomponer la ley 24.018 y está directamente apuntado exclusivamente a los jueces, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación, y los diferentes empleados judiciales de Ministerios Públicos.

Piumato disparó contra la disposición oficial argumentando que “la solidaridad que la etapa demanda, en modo algún puede ser un justificativo para cercenar derechos”.

“El corazón de nuestro proyecto es dotar de igualdad y sustentabilidad al sistema, a través de la inclusión de la totalidad de agentes del Poder de la Nación y los Ministerios Publico al régimen de la ley 24.182”, reza el comunicado de prensa de la UEJN.

Piumato acoge con este proyecto alrededor de 22.500 agentes del PJN de los 30.150 que cumplen funciones en dependencias nacionales y federales. “Somos la columna vertebral del Poder Judicial”, expresa.

Además, el secretario de Derechos Humanos de la CGT, aduce que la sustentabilidad del sistema requiere adecuar la edad jubilatoria de 60 a 65 años y aumetar el porcentaje de aportes del 11 o el 12% en algunos casos, al 15%. Incluye en el argumento y considerandos del proyecto que la edad a la que un trabajador ingresa al PJN, es desde los 18 a los 25 años aproximadamente, por lo que: “Realizamos toda nuestra carrera dentro de la Justicia, contando con mayor cantidad de aportes –promedio de 40 años-  al momento de solicitar el beneficio jubilatorio, excediendo ampliamente      incluso los años de haberes exigidos por la ley.

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