🔵El tribunal resolvió las querellas cruzadas entre el periodista y el titular del SAFYB. Consideró que existió una “escalada simétrica de agresiones verbales” y ordenó archivar las actuaciones cuando el fallo quede firme🔴
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 20 de la Capital Federal declaró exentos de pena a Marcelo Peretta y Eduardo Feinmann en las causas por calumnias e injurias que habían iniciado uno contra el otro. La resolución, fechada el 20 de octubre, determinó que ambos se dirigieron expresiones ofensivas y aplicó la figura de injurias recíprocas, sin imponer costas.

La disputa tuvo su episodio de mayor exposición el 21 de agosto de 2025, cuando el titular del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos se presentó en la puerta de Radio Mitre para reclamarle al conductor por sus dichos y los constantes agravios hacia el dirigente sindical.
El enfrentamiento quedó registrado en un video que se viralizó y en su presentación judicial, Peretta denunció que recibía descalificaciones sostenidas desde 2023 y que había solicitado un derecho a réplica sin obtener respuesta. Feinmann, por su parte, cuestionó publicaciones y mensajes que lo vinculaban con presuntos manejos irregulares y relaciones con laboratorios.
Al analizar las acusaciones, el tribunal concluyó que no se configuró el delito de calumnias porque las expresiones no atribuían falsamente un delito concreto, con circunstancias precisas de tiempo, modo y lugar. Esa conclusión no significó dar por ciertas las acusaciones intercambiadas, sino establecer que no reunían los requisitos para encuadrarlas en esa figura penal.
Sobre las injurias, el fallo reconoció una “escalada simétrica de agresiones verbales” y sostuvo que ambos habían lesionado mutuamente su honor. También advirtió que el marco del interés público “no ampara insultos sistemáticos que no guardan relación con una información debatida en particular”. Con esos fundamentos, consideró que correspondía eximir de pena a los dos protagonistas.
La resolución dispuso el archivo de las actuaciones una vez que quede firme. Su alcance se limita a las querellas por calumnias e injurias: el episodio físico ocurrido frente a Radio Mitre fue judicializado en otro expediente, mencionado en la sentencia, sobre cuyo desenlace este fallo no se pronuncia.

