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Otra vez, la Justicia le da un cachetazo el DNU y trunca la venta de medicamentos fuera de las farmacias

🔵Otro nuevo correctivo al Gobierno le acomoda la estantería y golpea el polémico DNU 70/23 en materia de medicamentos y ratifica la demanda del Safyb🔴

El fallo del Juzgado Federal número 2 de Mendoza, el cual fue emitido el 25 de junio de 2024, suspendió los artículos 313 y 317 del siempre polémico DNU 70/23, los cuales autorizaban la venta de medicamentos fuera de las farmacias. Este fallo se suma a la medida cautelar otorgada por la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que ya había suspendido los artículos 319, 320 y 321 del mismo DNU, en respuesta a una demanda presentada por el SAFYB, gremio que representa Marcelo Peretta.

El Mega DNU, en su intento de reformar el sistema de salud –entre otros sistemas que merecen un tratamiento mucho más especial- y la distribución farmacéutica, derogaba varios artículos críticos de la ley 17.565 de farmacia. Según Peretta, estas reformas beneficiaban desproporcionadamente a los laboratorios farmacéuticos en detrimento de la atención y el conocimiento profesional de los farmacéuticos. El artículo 313, por ejemplo, pretendía eliminar el segundo párrafo del artículo 1 de la ley 17.565, que establece que la venta de medicamentos solo puede realizarse en farmacias, considerándose ilegal cualquier otra modalidad.

Con este amparo, el artículo 1 de la ley 17.565 queda ratificado, manteniendo que la venta de medicamentos fuera de la farmacia condstituye un ejercicio ilegal de la profesión y una infracción al Código Penal. La justicia también restableció la categoría de «Expendio libre» de medicamentos exclusivamente en farmacias, revocando la eliminación propuesta en el artículo 317 del DNU.

Un documento emitido por el Safyb ni bien se difundió el fallo, destaca la importancia de esta medida, la cual radica en la protección de la salud pública, ya que los medicamentos de venta libre, aunque no requieren receta, necesitan ser dispensados por personal capacitado. Esto garantiza el correcto uso y la seguridad de los pacientes, alineándose con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

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