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Trabajadores no esenciales. ¿Qué pasa si te detienen sin el permiso?

Desde las 0 horas del 1 de julio hasta el 17 de julio, solo trabajadores esenciales.

A partir de mañana comienza una fase mucho más restrictiva en cuanto a la circulación de personas en el Área Metropolitana de Buenos Aires. Allí, aquel trabajador circulante no esencial que fuera detenido por las fuerzas policías, afrontará consecuencias como las que se detallan.

Entre el 1° de julio y el 17 del séptimo mes del 2020, aquellos que infrinjan el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, tendrán las siguientes penalizaciones.

1- Orden inmediata de regreso al lugar de origen de parte del infractor de acuerdo al tipo de anomalía detectada

2- Demora del infractor a la espera de la decisión del Poder Judicial

3- Detención del infractor de acuerdo al incumplimiento del artículo 239 del código penal

4- Secuestro del vehículo del infractor por incumplimiento de los artículos 205 y 239 del código penal. La decisión respecto de los pasos siguientes respecto del vehículo es competencia del Poder Judicial.

5- En el caso de andenes de trenes, se labra el acta de infracción y se informa al Poder Judicial que dispone los pasos a seguir respecto de lo informado por la autoridad policial.

6- Es el Poder Judicial el que decide los pasos a seguir de acuerdo a la información que proveen las fuerzas federales de seguridad.

7- En cualquier caso, que se detecten síntomas compatibles con COVID-19, se ordena el regreso al lugar de origen para el cumplimiento de la cuarentena, siguiendo las indicaciones del Poder Judicial.

8- En todos los casos es el Poder Judicial el que decide los plazos y actuaciones determinados por el juzgado a cargo.

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