Camioneros obtuvo un triunfo en el Senado de la Nación ya que a partir de la publicación en el Boletín Oficial, los resúmenes bancarios deberán continuar siendo enviados en formato papel, salvo que el usuario indique lo contrario. A principios de año, el gremio de Moyano se había manifestado en contra de esta medida, permitida por el Banco Central.
* Luis Sangiorgio, para Sonido Gremial
El gremio que conduce Pablo Moyano se había manifestado en la sede del Banco Central ya que la entidad permitió que los resúmenes de cuentas dejaran de ser enviados a los consumidores en formato papel, lo cual provoca una merma en el servicio de transporte y disminución de tareas laborales . Con esta medida, los compendios tendrán que continuar con la modalidad de traslado en papel en caso que el usuario no indique lo contrario, como por ejemplo, vía correo electrónico.
Se trata de la modificación del artículo 4to de la Ley 24.240, cuya promulgación de hecho fue publicada hoy en el Boletín Oficial, que responde a una presión del gremio de Camioneros, quienes se oponían a que los resúmenes de las tarjetas. la modificación del articulado, establece que “el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización”. “Sólo se podrá suplantar la comunicación en soporte físico si el consumidor o usuario optase de forma expresa por utilizar cualquier otro medio alternativo de comunicación que el proveedor ponga a disposición”, aclara.
El 18 de mayo último el Senado convirtió en Ley, por unanimidad, el proyecto que modifica la Ley de Defensa del Consumidor sobre la información que el proveedor de un servicio público o bancario está obligado a suministrar a sus clientes. De acuerdo a lo acordado en el Senado, las empresas proveedoras de bienes y servicios deberán enviar al consumidor información de manera gratuita a través de “soporte físico y solamente podrán suplantar esta variante si el cliente optase de manera expresa”, al ser promulgada una modificación a la Ley de Defensa del Consumidor aprobada en mayo por el Congreso de la Nación.