Mediante Resolucion del Ministerio de Trabajo, el Gobierno le dio marco legal al acuerdo con la CGT y la UIA.
El Gobierno reglamentó en la Resolución 397/2020 el acuerdo al que llegaran la Confederación General del Trabajo y la Unión Industrial Argentina en relación a las percepciones salariales hacia los trabajadores que se encuentran suspendidos bajo el artículo 223 bis de ley de Contrato de Trabajo.
En la misma, firmado por el ministro de Trabajo de la nación, Claudio Moroni, se explica que las presentaciones serán iniciadas por las empresas y remitidas a los sindicatos con personería gremial. El Gobierno admite que las decisiones adoptadas en relación a evitar la propagación del Covid19 produjeron “un fuerte impacto económico negativo sobre distintas empresas, sus trabajadores y familias”. En relación a esto, cerca de 400.000 empresas, dice la resolución, “han visto afectado su normal desarrollo, pudiendo entonces estar en condiciones de celebrar acuerdos que, por aplicación de las normas legales respectivas, permitan acordar mecanismos de suspensión de tareas”.
El segundo punto de lo resuelto por la autoridad de aplicación indica que la presentación por suspensión de tareas que realice la empresa deberá dársele traslado a la correspondiente organización sindical. El gremio deberá responder la misma ya que caso contrario, será la postura patronal la que prevalezca. Esto incluye los montos a los que la empresa refiera en cuanto a los pagos y cantidad de licenciados.
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El articulo 1° explica que “las presentaciones que, en conjunto, efectúen las entidades sindicales con personería gremial y las empresas, para la aplicación de suspensiones conforme al artículo 223 bis de la Ley N° 20.744, que se ajusten íntegramente al acuerdo”, con requisitos como tener adjunta la presente Resolución y acompañar el listado de personal afectado, “serán homologadas, previo control de legalidad” del Ministerio de Trabajo. “Igual criterio se seguirá en aquellos casos en que el acuerdo sea más beneficioso para los trabajadores”, aclara.
En todo caso que el sindicato se oponga a la presentación empresarial, entre las partes se abrirá una instancia de negociación y dialogo para alcanzar un acuerdo.
De esta forma, lo que se conoció el pasado lunes cuando se reunieron en Casa Rosada la mesa tripartita entre la UIA, la CGT y el Gobierno, adoptó forma reglamentaria. Ahora se verán “los pingos en la cancha” al momento de las empresas hacer uso de esta normativa excepcional.
