El Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos se encuentra en una disputa judicial curiosa ya que una Asociación con siglas similares a las del gremio quiere que se deje de utilizar “SAFYB” porque la firma tiene como abreviatura: “SAFYBI”. En principio, este reclamo no tendría curso lógico-legal.
“¿Donde está el reclamo?”, expone indignado Marcelo Peretta, Secretario General del SAFYB, sindicato que representa los intereses de los trabajadores farmacéuticos y bioquímicos. Es que una insólita presentación de la Asociación Argentina de Farmacia y Bioquímica Industrial presentó una medida judicial para que el gremio no pueda utilizar la abreviación SAFYB, por ser similar al de la compañía de medicamentos.
La empresa presentó en las últimas horas una medida cautelar para que el gremio se vea impedido de la utilización de “SAFYB”, aun cuando esta firma se denomina Asociación Argentina de Farmacia y Bioquímica Industrial y el nombre que registró es SAFYBI. Ante esto, es curioso el reclamo ya que la firma, como se muestra, es una de característica privada y comercial, lo cual conlleva a un abismo de distancia entre la actividad que desarrolla y la que lleva adelante el gremio. De hecho, entre los registros que la empresa abonó en el INPI (Instituto Nacional de la Propiedad Industrial), en ninguno figura el desarrollo de una acción sindical. “SAFYB NO ES MARCA, sino el nombre de una asociación gremial que no provee productos ni servicios, por lo que no está alcanzada por la ley de marcas”, argumentaron con algo de lógica desde el gremio farmacéutico y bioquímico. De hecho, SAFYB son siglas y esta protegida por la ley 23.551 (Ley de Asociaciones Sindicales) y la 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo).
El INPI establece que “no se consideran marcas y no son registrables: a) los nombres, palabras y signos que constituyan la designación necesaria o habitual del producto o servicio habitual a distinguir, o que sean descriptivos de su naturaleza, función, cualidades u otras características…”, por lo que el intento de ajusticiamiento por parte de la Asociación privada no debería protegerse bajo el cobijo de alguna norma que así lo dictamine.
“Ningún profesional farmacéutico o bioquímico puede confundir siglas diferentes; menos aún, entidades diferentes. Una es una asociación científica y la otra un sindicato; ambas tienen fines distintos y están sujetas a controles diferentes”, desarrolla Peretta y agrega que “resulta evidente que la Asociación pretende interferir en el funcionamiento y administración del SINDICATO, lo que implica una práctica desleal condenada por el artículo 53 de ley 23551”.
En un comunicado de prensa, cita a cada uno de los directivos de los distintos laboratorios que se niegan a firmar convenios colectivos, paritarias y condiciones laborales. Entre ellos Roemmeres, Rofina, Biotenk, Andreani, Montpellier S.A., Andrómaco, entre otros. El mismo drama, no con la marca pero si con las firmas y negociaciones colectivas, lo tiene la AAPM (Asociación Argentina de Propaganda Medica, sindicato que conduce Ricardo Peidro).
“La verdad es que Lamentamos que una Asociación que dice ser “científica” adopte actitudes claramente comerciales y sea parte de la industria del juicio. Resulta evidente que los laboratorios que la sostienen le han transferido el afán de lucro”, cierra Peretta.