🔵La Justicia laboral suspendió decretos que limitaban el derecho a huelga y declaró la actividad aeronáutica como servicio no esencial🔴
La Justicia Nacional de Trabajo resolvió a favor de la cautelar presentada por Aeronavegantes, gremio conducido por Juan Pablo Brey, declarando la actividad aeronáutica como servicio no esencial. Este fallo suspende la aplicación de los Decretos 825/24 y 831/24 emitidos por el Gobierno Nacional, los cuales buscaban limitar el derecho a huelga del sector.
La medida fue dictada por el Juzgado Nacional de 1ª Instancia Nº 56, a cargo de la jueza Gabriela Cruz Devoto, en respuesta a un Amparo Sindical con Medida Cautelar presentado el gremio el 24 de septiembre (la noticia fue comunicada por Manuel Adorni, el 7 de septiembre).
“El fallo judicial es un gran logro para nuestra organización, ya que considerábamos que el gobierno pretendía restringir nuestro legítimo derecho a huelga”, celebró Brey.
El dictamen judicial protege derechos fundamentales como la huelga, la autonomía y libertad sindical, y la progresividad de los derechos laborales. El vocero de la CATT también le apuntó al Poder Ejecutivo Nacional por adoptar conductas contrarias a la Constitución Nacional y al marco protectorio del trabajo.
El conflicto se había intensificado tras la publicación de los decretos que calificaban a la actividad aeronáutica como esencial, interpretación que, según Aeronavegantes, buscaba “restringir, si no eliminar”, el ejercicio de derechos sindicales.
“Nosotros siempre apostamos al entendimiento, esperemos que las autoridades pertinentes estén a la misma altura”, reafirmó el titular de la AAA.
